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Estatutos de la corporacion para el software libre "CSL" Entidad sin animo de lucro

Capítulo Primero

Nombre Domicilio Objeto y duracion

Articulo 1

Articulo 2 La corporacion CSL, tiene su domicilio principal en la ciudad de bogota D.C. dep de cundinamarca rep de colombia

Articulo 3 La corporacion de software libre tendra una duracion definida de 2 anhos contados a partir de su registro, prorogables por igual termino o superior de acuerdo con las leyes que rigan la materia, hasta la extincion total de su patrimonio o hasta que los estatutos o leyes lo determinan

Articulo 4 Como entidad sin animo de lucro la corporacion CSL tendra como objeto principal

Capitulo Segundo

Articulo 5 La corporacion sin animo de lucro CSL, obtendra sus cuotas mediante el aporte de sus fundadores y otras personas y con los demas bienes que a cualquier titulo adquiera.

El fondo inicial esta conformado por la suma de xxx pesos moneda corriente ($ xxx.oo) moneda corriente suma aportada en partes iguales por persona y persona determinados en bienes muebles, enseres, libros y papeleria.

Articulo 6 destinacion del patrimonio el patrimonio de la corporacion CSL no podra destinarse a fin distinto del expresado en su objeto

Capitulo 3 Direcccion y administracion dela corporacion

Articulo 7 Direccion La corporacion sera administrada por la asamblea genreal, concejo de administracion represaentante legal, ademas de contar con un fiscal.

Articulo 8 Asamblea general La asamblea general estara constituida por todos los miembros activos definidos en el reglamento interno de la corporacion, sera la maxima autoriadad y sus decisiones son obligatorias siempre y cuando se hallan tomado de acuerdo con lo previsto en los presentes estatutos.

Articulo 9 Presidente de la junta La asamblea general sera presidida por el presidente del concejo de administracion o la persona que designe la asamblea actuara como secreatario del concejo de administracion o la persona que asigne la asamblea.

Articulo 10 Quorum El quorum para las reuniones ordinarias o extraordinarias lo hara la concurrencia de un numero de personas que representen por lo menos(la mitad mas uso), la mayoria absoluta de sus integrantes.

Articulo 11 Reuniones ordinarias y extraordinarias. La asamblea general se reunira en forma ordinaria por lo menos una vez al anho en donde se citen por el representante legal mediante correo electronico dirigido a cada uno de los miembros que debe contener fecha hora y asunto a tratar (orden del dia) con una anterioridad minima de un mes. Las reuniones extraordinarias se convocaran por el concejo administrativo y/o el revisor fiscalpor urgencia o necesidades inaplazables y su convocatoria se realizara para los fines expresos en la citacion exclusivamente con el mismo procedimiento utilizadas para las reuniones extraordinarias. Si se convoca asamblea general y la reunion no se efectua por falta de quorum se hara espera de minimo una hora extendible segun la decision de los presentes, para que haya qourum, si no hay quorum en el tiempo establecido la asamblea se aplazara para la fecha que estipulen los presentes.

Articulo 12 Libro de actas. De las reuniones, resoluciones, acuerdos, deliberaciones, y en general los actos de la asamblea de delegatarios se dejara constancio en un libro de actas de vigencia anual y cada una de tales actas sera firmada por el presidente y secretario.

Articulo 13 Decisiones. Las determinaciones del asamblea de delegatarios se tomaran por mayoria absoluta de votos presentes siempre y cuando exista quorum

Articulo 14

Articulo 15

Articulo 16


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CSL/Ver_0.2 (last edited 2008-04-20 14:38:48 by localhost)